Día de la Aviación Civil Internacional

I. ANTECEDENTES

Históricamente, el progreso del hombre ha estado íntimamente relacionado con el transporte; su civilización ha dependido de éste.

El transporte aéreo comercial, constituye el medio más idóneo de transporte, porque contribuye a la integración política, social, económica y cultural de un país y al desarrollo del turismo, dos aspectos fundamentales del mundo moderno.

En Bolivia tenemos como un primer antecedente histórico, que la colonia alemana encabezada por el Ing. Dr. Hans Grether, donó al gobierno boliviano un avión para organizar la primera compañía comercial de transportes aéreos.

El 27 de julio de 1952 se realizó el primer vuelo de prueba sobre Cochabamba. Posteriormente se efectuaron vuelos similares y de propaganda a Sucre, Potosí, Oruro y Santa Cruz, haciendo un total de 26 vuelos equivalentes a 4.700 Kms. En 30 horas y 45 minutos.

El 16 de agosto, el Presidente Bautista Saavedra hizo entrega oficial del avión Junkers al futuro Lloyd Aéreo Boliviano. Un mes más tarde, el 15 de septiembre de 1925, en la Cámara Nacional de Comercio expuesto el proyecto de fundación. De una compañía. Allí nace la primera empresa aérea en Bolivia la Empresa Lloyd Aéreo Boliviano (LAB) con el propósito de iniciar, desenvolver y  nacionalizar  el  servicio  aéreo.

En abril de 1928, se inauguró la Escuela de Pilotos y mecánicos de Aviación del LAB, que se mantuvo hasta 1953.   En esta escuela se graduó el primer piloto boliviano,   don  Jorge   Wilstermann   Camocho.

II. CREACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL AUTORIDAD AERONÁUTICA CIVIL

En los Estados Unidos de Norte América, el Io de noviembre de 1944 en la Ciudad de Chicago se reunió la "Conferencia Internacional de Aviación Civil" a la cual asistió nuestro país.

La Labor más importante fue la aprobación de un Convenio Multilateral y la creación de un organismo internacional que es la Organización de Aviación Civil Internacional.

El Prólogo del Convenio de Chicago resume la esencia de este instrumento al señalar: Que el desarrollo futuro de la Aviación Civil Internacional puede contribuir poderosamente a crear y preservar la amistad y el entendimiento entre las naciones del mundo, mientras que el abuso de la misma puede llegar a constituir una amenaza a la seguridad general, por lo que es deseable evitar toda disensión entre las naciones y los pueblos y promover entre ellas la cooperación de que depende la paz del mundo; por consiguiente, los gobiernos que suscriben, habiendo convenido en ciertos principios y arreglos, a fin que la aviación internacional pueda desarrollarse de manera segura y ordenada, que los servicios internacionales de transporte aéreo puedan establecerse sobre una base de igualdad de oportunidades y realizarse de modo sano y económico.

Bolivia, como miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y firmante del Convenio de Chicago, se obliga a poner en ejecución, en la medida de sus posibilidades y compromisos, las normas, métodos , principios y recomendaciones de la Convención, para cuyo efecto debería crear una instancia de carácter público.

Es así, que por Ley de fecha 25 de octubre de 1947 años, en la presidencia de Mamerto Urriolagoitia se crea bajo la dependencia del Ministerio de Obras Publicas y Comunicaciones de ese entonces, la Dirección General de Aeronáutica Civil y Comercial con la atribución de fomentar las actividades aeronatitas.

En la actualidad la Dirección de Aeronáutica Civil, como autoridad Aeronáutica Civil, después de un largo proceso de adecuación normativa, y en cumplimiento al inciso f) del Articulo 9o de la Ley N° 2902 de 29 de octubre de 2004 Ley de Aeronáutica civil de Bolivia, por Decreto Supremo No. 28478 de fecha 02 de diciembre del 2005 se reglamentó el nuevo Marco Institucional de la Dirección General de Aeronáutica civil, cuya sigla es DGAC, y se constituye un órgano autárquico de derecho publico, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con jurisdicción nacional; autonomía de gestión administrativa, legal y económica y bajo tuición del Ministerio de Obras Publicas, Servicios y Vivienda a través del Viceministerio de Transportes. Asimismo, se establece su ámbito de jurisdicción y competencia, su estructura organizativa y funcional su régimen económico y financiero, con cede en la ciudad de La Paz.

Asimismo, se determinó su Misión Institucional con la responsabilidad de conducción y administración del sector aeronáutico mediante la planificación, reglamentación y fiscalización de las actividades de la aviación civil, en concordancia con las políticas y planes del Estado boliviano, acorde con normas y reglamentos nacionales e internacionales, para contribuir al desarrollo del país.

(Fuente: Boletín ECOBOL 31/2007)

1 Comentario:

Unknown dijo...

Nice stamps.

Publicar un comentario

Gracias por dejar tu comentario.